Además de las modificaciones en ámbito empresarial, el Decreto-ley recoge modificaciones sobre el IVA, el impuesto de sociedades y concursal

El BOE publicó el pasado 18 de noviembre de 2020 el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético y en materia tributaria, que entró en vigor ayer 19 de noviembre de 2020, día siguiente de su publicación en BOE.

En materia empresarial se establecen las siguientes medidas:

  • Se extienden los plazos de vencimiento y de carencia de las operaciones de financiación a autónomos y empresas que han recibido un aval o garantía pública a través del ICO (Instituto de Crédito Oficial).
  • Se regulan los derechos arancelarios notariales y registrales y se establecen las bonificaciones que se generan a consecuencia de la formalización en escritura pública de la ampliación de los plazos de vencimiento y carencia. 
  • Se permite a los Consejos de Administración de las sociedades anónimas prever en la convocatoria de la junta general la asistencia por medios telemáticos y el voto a distancia, así como la celebración de la junta en cualquier lugar del territorio nacional. 

En el caso de las sociedades de responsabilidad limitada, podrán celebrar la junta general por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todas las personas que tuvieran derecho de asistencia o quienes los representen dispongan de los medios necesarios y el secretario del órgano reconozca su identidad.

Fuente: BOE

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