La entidad consultante ha adquirido recientemente una oficina en propiedad mediante un crédito hipotecario a un interés bastante elevado, se está estudiando la posibilidad de cancelarlo a través de un préstamo participativo, bien a través de uno de los administradores o bien con uno de los posibles socios no residentes de la mercantil (residente en otro Estado miembro de la Unión Europea).
¿Cómo sería la tributación…? ENLACE A LA CONSULTA Y SU CONTESTACIÓN
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