Con motivo de la facturación de los profesionales:
A partir del 1 de septiembre de 2012 se modifican los porcentajes en las retenciones de los profesionales:
Hasta 31 de agosto de 2012:
– Tipo General: 15%
– Tipo reducido por inicio actividad (2 años): 7%
Desde el 1 de septiembre de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012:
– Tipo General: 21%; desde el 1 de enero de 2013: el 19%
Desde el 1 de septiembre de 2012:
– Tipo reducido por inicio actividad (dos años): 9%
Saludos cordiales!