Para aquellas exenciones que hubieran sido autorizadas, el 1 de febrero de 2016 será la fecha límite para:
- La oferta de productos nicho, no siendo posible desde esa fecha procesar dichos instrumentos de pago
- Que los proveedores de servicios de pago faciliten servicios de conversión gratuitos de CCC a IBAN a sus clientes consumidores en sus operaciones nacionales
- No exigir el uso del formato XML ISO20022 a los usuarios que manden o reciban pagos por lote
- Requerir a los clientes la comunicación del BIC en operaciones nacionales.